viernes, 19 de abril de 2013


¿Low Barries to Entry for Commissioners?

En la madruga del 19 de abril el Pleno del Senado aprobó en lo general y en lo particular la Reforma Constitucional en materia de Competencia y Telecomunicaciones con 18 modificaciones. En esencia, no hubo cambios sustanciales a la versión aprobada por la Cámara de Diputados. Es probable que dicha Cámara Baja apruebe tales modificaciones. Hay motivos para celebrar, bienvenida la reforma.
No obstante, pongo a discusión en particular lo referente a los requisitos de elegibilidad que deberán cumplir los Comisionados de los nuevos organismos antimonopolio. A continuación se describen los cambios sustanciales al respecto:

Requisito III.

 Texto original de Cámara de Diputados

 “III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se tratare de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente a la buena fama en el concepto público, inhabilitará para la designación en el cargo, cualquiera que haya sido la pena;”

Modificación de Cámara de Senadores

“III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito doloso que amerite pena de prisión por más de un año”;

Requisito IV.

Texto original de la Cámara de Diputados

“IV. Poseer título profesional en materias relacionadas a la competencia económica, radiodifusión o telecomunicaciones, según corresponda;”

Modificación de la Cámara de Senadores

“IV. Poseer título profesional;”

Requisito V
 
Texto original Cámara de Diputados

“V. Haberse desempeñado, cuando menos cinco años, en forma destacada en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines alas de competencia económica, radiodifusión o telecomunicaciones, según corresponda;”

Modificación de la Cámara de Senadores

“V. Haberse desempeñado, cuando menos tres años, en forma destacada en actividades profesionales, de servicio público o académicas sustancialmente relacionadas con materias afines alas de competencia económica, radiodifusión o telecomunicaciones, según corresponda;”

Requisito V

Texto original Cámara de Diputados

“VII. No haber sido Secretario de Estado, Procurador General de la República, senador, diputado federal o local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante los cinco años previos a su nombramiento, y”

Modificación de la Cámara de Senadores

“VII. No haber sido Secretario de Estado, Procurador General de la República, senador, diputado federal o local, Gobernador de algún Estado o Jefe de Gobierno del Distrito Federal, durante el año previo a su nombramiento, y”

¿Bajaron las “barreras de entrada de elegibilidad de comisionados”?. Algunos académicos han argumentado que era necesario, de otra manera se “perdía talento”, ¿usted qué opina?. Al parecer el rol del Comité de Evaluación junto con algunas instituciones de educación superior será crítico.

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