Desincorporación Activos:
¿Es Óptimo y Socialmente Deseable Bajo información Asimétrica?
Sin duda el tema de desincorporación de activos
en la Reforma de Competencia y Telecom recién aprobada por el Senado de
República y turnada a los Congresos Estatales, será un aspecto de desafío desde
la perspectiva de implementación, por lo que las reglas de operación deberán quedar
explícitamente especificadas en las “llamadas leyes secundarias” o en un documento
(guideline) técnico sobre el
tema.
Como
es sabido, con la Reforma, la desincorporación de activos no solamente
se aplica a concentraciones, ahora se extiende a cualquier tipo práctica monopólica (absolutas y relativas).
Asimismo, la desincorporación de activos está vinculada con el concepto de ganancias en eficiencia generadas
cuando dos empresas se fusionan. El propósito las siguientes líneas es
poner a debate el rol de la desincorporación
de activos y su vinculación con las ganancias en eficiencia en la
implementación de la política de competencia.
Si
bien es cierto que la desincorporación de activos constituye un instrumento
de política antimonopolio que permita seleccionar aquellas fusiones con efectos
sociales positivos. Sin embargo, en la práctica la autoridad de competencia
enfrenta un proceso complejo para evaluar la conveniencia de la fusión debido a
la presencia de información asimétrica.
Para
ejemplificar la problemática de implementación, supongamos el siguiente
escenario (para mayor detalle, ver Avalos, 2010) de un modelo a la Cournot (capacity
constrained) en el que dos firmas deciden la conveniencia de fusionarse,
dependiendo de la propuesta de separación de activos realizada por la
autoridad.
El
proceso de fusión se desarrolla de la siguiente forma:
Las firmas combinan
su capacidad productiva, resultando en una sola empresa con capacidad 2K.
Las ganancias en eficiencia
derivadas reducen el costo marginal de producción de la nueva empresa.
El costo marginal de la nueva firma es: Cf=ac
Esta
condición permite medir las ganancias en eficiencias, donde una a menor representa un
mayor grado de ganancias en eficiencia.
Si
a = 1, la fusión no experimenta sinergias, y si a < 1 entonces
la fusión crea sinergias.
Cuando
la fusión ocurre, el costo marginal de la nueva firma es ac y del resto
de las empresas es c. El costo de la nueva firma es una proporción del
costo de la industria.
La
autoridad de competencia no puede
determinar con certeza el nivel real de ganancias en eficiencia generadas
por la fusión.
Si
la autoridad tuviese información completa, la política de fusiones estaría
orientada a aprobar únicamente aquellas transacciones con un efecto neto
positivo al bienestar social.
Del
contexto anterior, podemos mencionar tres escenarios posibles desde la
perspectiva de implementación por parte de la autoridad de competencia respecto
al tema de desincorporación de activos versus ganancias en eficiencia.
1) Escenario A: La fusión es aprobada sin
utilizar el mecanismo de desincorporación.
Este
escenario es plausible, si la autoridad de competencia posee información perfecta
respecto al nivel de ganancias en eficiencia presentado por las empresas que pretenden
fusionarse. Entonces, la política de competencia sería fácil, la autoridad
aprobaría aquellas fusiones que solamente incrementen el bienestar.
2) Escenario B: Algunas fusiones no son
deseables.
3)
Escenario
C: La política de desincorporación de activos es óptima.
Se
puede dar una situación en donde el mecanismo desincorporación puede inducir the right type of self-selection, fusiones socialmente deseables.
En
resumen, por la presencia de información asimétrica es imprescindible que la
autoridad de competencia genere una metodología específica con criterios claros
que determinen bajo qué circunstancias el nivel de desincorporación es óptimo y
socialmente deseable. Existe evidencia empírica que un más diseño de desincorporación
de activos puede ser contraproducente para el mercado, y por ende, para el
bienestar de los consumidores (por ejemplo, ver Parker and Bolto, 2000, sobre
la problemática que generó este mecanismo en tiendas de autoservicio).
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